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Leyes

Que el régimen cubano diga de qué presume en materia legislativa y le diremos de qué carece

El ministro de Justicia hace alardes de las normas aprobadas, para tapar los incumplimientos en cuanto a leyes fundamentales para los cubanos.

La Habana
Ilustración
Ilustración Diario de Cuba

El régimen cubano es especialista en alardear de supuestos logros para tapar deficiencias. De la misma forma en que durante décadas ha enarbolado las supuestas gratuidad y calidad —probadamente falsas— de la Salud y la Educación, para contrarrestar las críticas sobre su pobre desempeño en materia de derechos humanos, ahora exhibe presuntos logros en cuanto a aprobación de normas para tapar el incumplimiento de su propio cronograma legislativo.

El ministro de Justicia, Oscar Silvera Martínez, compareció en el programa televisivo Mesa Redonda a inicios de mes para celebrar el "amplio proceso legislativo que se ha llevado a cabo en los últimos años en Cuba".

En total, desde que fue refrendada la Constitución de 2019, en Cuba se han aprobado 36 leyes y 87 decretos ley, incluyendo la Ley de comunicación.

El ministro obvió que, solo en 2022, de las 30 leyes previstas fueron aprobadas solo 14, para un incumplimiento de más del 50%.

En cuanto a los derechos garantizados a los cubanos, Silvera Martínez destacó la aprobación e implementación del Código de las Familias, así como las reuniones realizadas y las opiniones recogidas, antes de su aprobación.

No mencionó que esta norma fue publicada con carácter de ley en la Gaceta de la República antes de ser sometida a referendo y que fue la única dentro del cronograma legislativo sobre la que votaron los cubanos.

El ministro también puso énfasis en leyes como la Electoral, que continúa sin reconocer los derechos de los cubanos emigrados a participar en la vida política del país que sostienen económicamente; la Ley de Protección de datos personales, que permite vulnerar el derecho de los cubanos al respeto de su intimidad personal y familiar, su honor e identidad personal, "por razones de seguridad colectiva, bienestar general, respeto al orden público, interés de la defensa u otras que de manera significativa así lo ameriten"; las normas relacionadas con la actualización del modelo económico, o sea, la fracasada Tarea Ordenamiento y la autorización de la creación de las MIPYMES, que el régimen cubano presenta como privadas, aunque cada vez queda más claro el vínculo de muchas con el Gobierno.

El ministro también se refirió a la recién aprobada Ley de Comunicación Social, que no solo mantiene en la ilegalidad a los medios independientes, sino que perpetúa la subordinación de los periodistas de los medios estatales al Partido Comunista.

Y mientras el ministro alardea de las normas aprobadas de 2019 a la fecha, los cubanos continúan esperando por una ley que regule el derecho a la vivienda, reconocido en la Constitución.

La vivienda es uno de los problemas que más golpea a los cubanos y que el castrismo ha sido incapaz de resolver en seis décadas. La Ley de Vivienda debió ser sometida a los diputados en diciembre de 2020.

Dos años después, en diciembre del año pasado, Silvera Martínez aseguró que estaba "en estado avanzado de elaboración". Si embargo, no será aprobada este año, sino en julio de 2024, según el cronograma legislativo para cinco años publicado por el régimen cubano… si no vuelve a ser postergada.

Antes, según lo previsto, debe aprobarse la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, en diciembre de 2023, con un año de retraso. Esta ley estaba anunciada para octubre de 2022. Cuba es uno de los pocos países de la región que no tiene una ley de acceso a la información pública.

Otro derecho constitucional que sigue sin ser regulado a través de una norma es el de manifestación y reunión con fines pacíficos. Por ejercer su derecho de protestar de manera pacífica contra el régimen permanecen encarcelados cientos de cubanos, algunos de ellos han recibido penas desproporcionadas que implican pasar la mayor parte de sus vidas en prisión.

Pero la Ley de Manifestación y Reunión con fines pacíficos que, como decreto ley, debió ser aprobada hace dos años, ni siquiera figura en el cronograma recién publicado por el régimen para el periodo 2023-2027.

En la misión de justificar las posposiciones y tardanzas del régimen en aprobar leyes que resultan vitales para los cubanos, Silvera Martínez contó con la colaboración de la doctora en Derecho y profesora titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana Martha Prieto Valdés, quien publicó unos "Comentarios al cronograma legislativo de la ANPP para el 2023 y 2024", en el portal estatal Cubadebate.

La doctora dijo que la Constitución aprobada en Cuba en 2019 introdujo "nuevos derechos y garantías" y que se requieren "disposiciones normativas que regulen —conforme al texto supremo— las nuevas instituciones y las relaciones de todas entre sí, los nuevos derechos en interconexión con los que ya se reconocían y las garantías para todos".

Luego dijo que "regular jurídicamente las relaciones en la sociedad resulta imprescindible" y que "la creación de tales regulaciones urge", pero "ha de hacerse con tino y tiempo, de ahí la previsión de un grupo de exigencias para que este proceder sea coherente y cuente con la necesaria determinación de los momentos en que se someterán a debate los diversos proyectos legislativos".

¿Qué tino aplicó el régimen cubano y cuál fue la previsión para aprobar, por ejemplo, la Ley de Expropiación, que no aparecía originalmente en el cronograma, antes que leyes como la de Vivienda, la de Manifestación y Reunión con Fines Pacíficos y la de Acceso a la Información?

Entre las exigencias que deben tenerse en cuenta "en el arduo proceso de creación normativa", la profesora llamó a evitar "que una institución, regulación o situación social se regule desde una única perspectiva o se conciba desde un único criterio".

"Debe reflejar, por el contrario, la diversidad de intereses, enfoques y aspiraciones que se despliegan en la sociedad".

¿Bromea la profesora? ¿Es posible concebir una norma en Cuba que no responda la perspectiva única y el criterio único del Partido Comunista, fuerza dirigente superior del Estado, según el Artículo 5 de la Constitución? ¿En alguna ley puede estar reflejada la diversidad de intereses, enfoques y aspiraciones que existen en la sociedad cubana, si es ilegal aspirar a un sistema político y económico distinto del impuesto y declarado irreversible por la Carta Magna?

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