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Tribunales

Los tribunales de EEUU admiten demandas contra empresas de los militares cubanos

Propiedades de GAESA, Gaviota, CIMEX y Habaguanex S.A., entre otras administradas por los militares, podrían ser demandadas.

Washington

A partir de este 19 de marzo, tanto los ciudadanos estadounidenses como los cubanoamericanos, podrán presentar demandas en cortes estadounidenses contra entidades cubanas controladas por los militares.

Tras una revisión del Título III de la Ley para la Libertad y la Solidaridad Democrática Cubana, conocida como Ley Helms-Burton, el Departamento de Estado anunció que podrán ser llevadas a corte las compañías mencionadas en la Lista Restringida de Cuba, que fuera actualizada el pasado 12 de marzo

Esa lista Cuba contiene entidades y subentidades administradas por los militares, los servicios de Inteligencia y de Seguridad cubanos, sobre todo administradas por el conglomerado empresarial militar GAESA (Grupo de Administración Empresarial SA, del Ministerio de las Fuerzas Armadas), Gaviota, CIMEX y Habaguanex S.A.

También numerosos hoteles en todo el país, agencias de turismo, marinas, centros comerciales, inmobiliarias, fabricantes de populares refrescos como Cachito, Jupiña, Najita, Tropicola, fábricas de ron y la Zona Especial de Desarrollo Mariel (ZEDM), entre cientos de firmas, podrían verse enfrentadas a pleitos judiciales por reclamación de propiedades confiscadas.

De momento, EEUU mantiene la prohibición de demandas contra firmas extranjeras que incurran en tráfico de propiedades expropiadas en la Isla, al menos hasta el 17 de abril, cuando se conozca si la apliación del Título III volverá a ser pospuesta.​

El Memorándum Presidencial de Seguridad Nacional divulgado en junio de 2017 prohíbe las transacciones financieras directas con entidades y subentidades incluidas en la lista restringida.

Empresas cubanas como Bacardí han manifestado la posibilidad de emprender esa clase de demandas sobre algunas de sus propiedades confiscadas.

La reconocida empresa cubana de bebidas alcohólicas Bacardí, establecida en Bermudas en 1965, podría ejercer su derecho a buscar justicia por la confiscación de sus propiedades en Cuba por el Gobierno de Fidel Castro hace casi 60 años.

"Respaldamos el derecho y la capacidad de los afectados para buscar justicia y evitar un mayor tráfico de propiedades robadas", dice una declaración de la empresa dada a conocer la pasada semana. 

Asimismo, varios grupos del exilio cubano en Miami urgieron al Gobierno del presidente Donald Trump a activar por "completo" la ley que permitiría demandar en tribunales estadounidenses a "empresas extranjeras", y no solo a las cubanas, que usufructúan propiedades confiscadas tras la Revolución.

El abogado Nicolás Gutiérrez, presidente de la Asociación Nacional de Hacendados de Cuba en Miami, en el sur de Florida, manifestó a EFE que por ahora son meramente "simbólicas" y de presión las medidas emprendidas en ese sentido por Estados Unidos.

Indicó que la clave es implementar "plenamente" las demandas contra compañías extranjeras "con presencia económica" en Estados Unidos por "traficar" con bienes confiscados en Cuba.

"Eso sí va a desalentar la inversión extranjera en Cuba, porque pueden ser demandadas por la familia que era dueña de alguna propiedad", agregó.

Una comisión del Departamento de Justicia tiene "certificados" 5.913 casos de ciudadanos y empresas estadounidenses, como por ejemplo Texaco, Coca Cola, Palmolive, que pueden acogerse al Titulo III si se activa, por un total de 1.900 millones de dólares.

Ese grupo se suma a unas 200.000 a 300.000 quejas de cubanoamericanos, que alegan propiedad de bienes y empresas confiscadas como Barcardí, los terrenos del aeropuerto internacional Jose Martí de La Habana, cultivos azucareros, aseguradoras, entre muchos otros.

Para la Asamblea de la Resistencia se trata de "propiedades robadas por el régimen a sus legítimos dueños", cuyos recursos son utilizados para incrementar la represión al pueblo cubano y extender la "ocupación" que ejerce en Venezuela.

Varios juristas aclaran que estos procesos tienen restricciones como, por ejemplo, que el carácter de la propiedad debe ser "comercial" y que supere un valor de 50.000 dólares, porque no se trata de "desalojar a cubanos de a pie".

"No va a botar a gente de sus casas", aclaró, al señalar que los cubanos en la Isla están siendo atemorizados por el régimen al respecto. 

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