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LEYES

El Tribunal Supremo rechaza demanda contra la Asamblea Nacional por su exclusión de la ley de manifestación

El abogado Julio Ferrer Tamayo reitera que agotará todas las vías legales posibles para que este reclamo sea escuchado.

Madrid
El abogado independiente Julio Ferrer Tamayo.
El abogado independiente Julio Ferrer Tamayo. Diario de Cuba

La Sala de Amparo de Derechos Constitucionales del Tribunal Supremo Popular (TSP) rechazó la demanda presentada por el abogado independiente Julio Ferrer Tamayo contra la Asamblea Nacional del Poder Popular, en la que el jurista pedía a esta Sala que obligara a pronunciarse al máximo órgano legislativo del país sobre la exclusión de su cronograma legislativo de la ley de manifestación pacífica, informa a DIARIO DE CUBA el propio Ferrer Tamayo.

En su respuesta, los jueces de esa Sala alegan que la demanda presentada compete a una jurisdicción distinta a la que este jurista acude, pero sin aclarar cuál es esa jurisdicción o institución a la cual puede acudir Ferrer Tamayo para canalizar su demanda. 

Como la ley otorga un plazo de cinco días para presentar un recurso de apelación, este último viernes el jurista presentó una solicitud de aclaración a la Sala de Amparo del TSP, en la que pide que le aclare a qué institución debe acudir para dar curso a su demanda contra la Asamblea Nacional del Poder Popular

"Pretendo seguir accionando en la Sala de Amparo de Derechos Constitucionales y en cualquier otra jurisdicción administrativa para que sea incluida la ley de manifestación. No pienso cejar en mi empeño de agotar todas las vías legales posibles para que ellos se pronuncien", comentó a este medio Ferrer Tamayo. 

A finales de septiembre, el jurista presentó ante el máximo órgano de justicia del país una demanda contra la Asamblea Nacional para forzar la aprobación de una ley de manifestación y reunión que esta institución excluyó de su cronograma legislativo por el período 2023-2027. 

El abogado también pidió a la oficialista Asociación Cubana de Naciones Unidas (ACNU) que conminara a la Asamblea Nacional del Poder Popular a pronunciarse sobre el porqué de la exclusión de la ley de manifestación pacífica de su cronograma legislativo. Hasta la fecha, Ferrer Tamayo no ha recibido respuesta alguna de esta organización progubernamental.  

Con motivo de la presentación de esta demanda, Ferrer Tamayo fue detenido por agentes de la Policía política quienes le expresaron que ''la demanda es válida y está amparada en la ley, pero que en Cuba las autoridades violaban la ley y que eso seguiría siendo así mientras exista la Revolución". 

La Asamblea Nacional del Poder Popular había rechazado en enero la solicitud presentada por la sociedad civil en diciembre del pasado año, en la que un grupo de cubanos agrupados en dos organizaciones independientes pedían la inclusión y la promulgación de esta ley.  

En su respuesta, la directora de Atención a la Población de ese órgano legislativo, Carmen Aguilar Martínez, se excusó en el Artículo 164 de la Constitución y la Ley 131, que establecen el procedimiento para cuando la iniciativa legislativa parte de los ciudadanos, y dice que la solicitud presentada no cumple con los requisitos exigidos en esas normas legales.

Otra de las trabas que ha puesto el régimen es la no otorgación del certificado de elector que exige la actual ley para que los ciudadanos posean iniciativa legislativa real. Esta certificación no le ha sido otorgada a seis cubanos, activistas todos, que la solicitaron este año. 

La Constitución vigente, en su Artículo 164, otorga capacidad de iniciativa legislativa a los ciudadanos, siempre que certifiquen su condición de electores y en un número no menor de 10.000 personas.

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2 comentarios

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Una Ley de manifestación, después del 11J, es una bala al pecho que la dictadura cubana intentará esquivar por todos los medios.
Con "Poder Popular", eufemismo para enmascarar la ausencia de triparticion de poderes del Estado, el régimen tiene todo lo que necesita para no hacer nada.
Con sabor a Payá seguimos la pelea de este David contra el tiránico Goliat estatal.
La honda de Ferrer es el estrecho resquicio legal que deja la Constitución Nacional.
Conseguir 10000 mil firmas entre el pueblo para conseguir una ley que permita al pueblo protestar debe ser algo sencillo.
Recordando el Proyecto Varela y conociendo el modus operandi del tirano nos preguntamos:
¿ Logrará el régimen recoger una gran cantidad de firmas de corderos que soliciten que no se permita al pueblo manifestarse?
Este régimen JAMÁS permitirá que el pueblo lo mire de frente y le diga: NO CREO EN TI.
El mecanismo de protesta ya está creado en nuestra democracia y se llama: Asambleas de Rendición de Cuentas...!!!!!!!

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¡¡¡ Q m¡erda de país !!!