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Telecomunicaciones

ETECSA obliga a sus clientes de telefonía fija a renovar sus contratos

Los nuevos clientes a partir del 8 de enero de 2020 no tendrán derecho al traslado del servicio telefónico.

La Habana
Telefonía fija.
Telefonía fija. INVASOR

ETECSA informó que sus clientes de telefonía fija en toda Cuba tendrán que renovar su contrato de servicio en las oficinas comerciales del monopolio estatal de telecomunicaciones a partir de que entre en vigencia el 8 de enero próximo la Resolución 176 del ministro de Comunicaciones, que modifica las condiciones del contrato previo.

La directora adjunta de la División de Servicios Básicos Fijos de ETECSA, la ingeniera Adalis Montiel Creach, dijo que cuando se implemente la Resolución, el contrato del servicio telefónico fijo tendrá nuevas condiciones, según declaraciones al sitio oficial Cubadebate.

Entre ellas, la más polémica ha sido la decisión de la empresa de no permitir el traslado de la línea telefónica cuando una persona cambie de vivienda, lo que convierte al teléfono fijo en parte inseparable de las casas de los cubanos.

Sin embargo, aclaró la funcionaria, ello solo será efectivo para los nuevos clientes que suscriban su contrato a partir del 8 de enero de 2020, mientras que los titulares cuyo contrato haya sido suscrito antes de esa fecha mantendrán el derecho a solicitar la continuidad de su servicio en un nuevo domicilio, siempre y cuando no cedan la propiedad.

Con esa decisión, ETECSA busca ahorrarse los enormes cargos de montaje y operación de las líneas fijas, las únicas disponibles para los cubanos hasta que se les autorizara el uso de la telefonía móvil, aprobado en abril de 2008.

Según datos del propio monopolio, actualmente tiene 17.000 traslados de telefonía fija pendientes en toda la Isla  "por falta de disponibilidad técnica". 

A partir de enero, con la nueva disposición, la cesión o traspaso de la titularidad de un servicio telefónico fijo solo podrá beneficiar a la persona que resida en la vivienda donde se encuentre instalado el servicio, mientras que la trasmisión de titularidad se realizará a la persona designada previamente en el contrato o a quien la ley le otorgue el mejor derecho a la vivienda.

Las personas podrán obtener la titularidad siempre y cuando tengan actualizada en su documento de identidad personal la dirección legal de la vivienda donde se encuentra instalado el teléfono.

Con la nueva Resolución se mantiene la trasmisión de titularidad por fallecimiento o abandono del país, pero la asignación será para quien la ley le otorgue el derecho a la vivienda o para la persona con dirección legal en el inmueble donde se encuentra instalado el teléfono.

Montiel Creach agregó que si una persona adquiere por testamento la propiedad de una vivienda con teléfono en la que no vive y se hace efectiva después del 8 de enero de 2020, la titularidad del servicio telefónico será también sobre las condiciones de la nueva Resolución 176.

En Cuba existen 1.2 millones de líneas telefónicas fijas, la mayoría de ellas en instituciones estatales.

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