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Tributos

El Gobierno cubano comienza la campaña de recaudación de impuestos 2023

Los involucrados en este proceso pueden encontrar en el Portal Tributario todos los modelos a utilizar.

La Habana
Declaración de impuestos.
Declaración de impuestos. ONAT/Facebook

La Campaña de Declaración y pago de tributos 2023 dio inicio en estos primeros días de enero en Cuba, reportó el diario oficial Granma.

A través de sus plataformas digitales, la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) informó que los involucrados en este proceso pueden encontrar en el Portal Tributario las hojas DJ08 y DJ12 de Excel para 2023. Estas plantillas permiten llenar las declaraciones juradas y calculan los impuestos sobre los ingresos personales que se declaran desde enero hasta el 30 de abril.

Si estos impuestos se pagan antes del 28 de febrero, los contribuyentes reciben un descuento del 5% del importe a pagar. Si paga por Transfermóvil recibe otro un descuento del 3%.

La DJ08 la utilizan los trabajadores por cuenta propia, comunicadores sociales, artistas y su personal de apoyo, además de diseñadores, periodistas, y trabajadores de sucursales extranjeras. Mientras, la DJ12 la emplean los usufructuarios y propietarios de tierras, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos.

La ONAT ha indicado a todos los contribuyentes que los Vectores Fiscales para el 2023 estarán disponibles a partir de este mes de enero en el Portal Tributario, en el servicio Vector Fiscal. Para este proceso los contribuyentes deben registrarse en el sitio web.

También es posible solicitar el vector por los correos consultas de la ONAT de cada municipio. Las direcciones de correo electrónico se encuentran en la sección Contacto del Portal Tributario (todos los demás modelos que necesitan los contribullentes están disponibles en la sección Descarga).

Por su parte, a los socios de las MIPYMES, les fue notificado que pagan el impuesto sobre ingresos personales por los dividendos obtenidos, una vez vencido el período de un año de exención. Este impuesto debe ser abonado antes del 31 de marzo de 2023 por parte de todos los socios de las MIPYMES a quienes se les haya vencido el año exento de este impuesto.

Para el cálculo del mismo, no se deducen gastos, pero sí el mínimo exento de 39.120CUP. Del importe a pagar se deduce el 5% que como retención realizó la MIPYMES por la distribución anticipada de dividendos. Si este tributo se salda por canales electrónicos, se recibe un descuento del 3% del importe a pagar.

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