Back to top
REPRESIÓN

Otero Alcántara y Carolina Barrero, detenidos por intentar visitar a la activista cubana Iliana Hernández

'Qué derecho les confiere la autoridad de tener preso a alguien sin justificación legal', cuestiona Barrero en referencia a la prisión domiciliar de Hernández.

La Habana
Un agente de la Seguridad del Estado y un policía vigilan la casa de Iliana Hernández en La Habana.
Un agente de la Seguridad del Estado y un policía vigilan la casa de Iliana Hernández en La Habana.

Fuerzas del régimen cubano detuvieron el domingo, por órdenes de la Seguridad del Estado, al artista Luis Manuel Otero Alcántara y a la historiadora del arte Carolina Barrero cuando intentaban realizar una visita a la periodista independiente Iliana Hernández, quien permanecen en reclusión en su vivienda en La Habana desde hace 60 días.

Según informaron Otero Alcántara y Barrero, ambos fueron conducidos a una unidad policial y más tarde liberados.

"Nos detuvieron a @carolinabferrer y a mí impidiéndonos visitar a nuestra amiga @ilianahcuba en su casa donde está retenida ilegalmente por el régimen cubano. Acaban de soltarme en casa de mi familia en el Cerro. ¡Carolina, aún sin saber de ella! Estamos conectados", escribió el líder del Movimiento San Isidro en su cuenta en la red social Twitter.

Posteriormente, tras ser liberada, Barrero denunció lo ocurrido en una publicación en su perfil en Facebook.

"Iliana Hernández lleva 59 días presa en su casa. Lo está de forma ilegal. No existe medida cautelar, ni auto de fiscal que lo explique. Iliana no tiene siquiera una denuncia o un proceso penal abierto. Esta tarde Luis Manuel y yo quisimos llegar a visitarla. Nos detuvieron en la esquina", escribió.

"No les bastó decir que no podíamos llegar a verla, sino que nos metieron en una patrulla y nos condujeron a la unidad de Cojímar. Parece que la solidaridad también está penalizada. ¿Qué necesidad hay de todo esto? ¿Cuál es el delito en visitar a una persona? Pero, sobre todo, qué derecho les confiere la autoridad de tener preso a alguien sin justificación legal", cuestionó.

Para la historiadora del arte, "esa autoridad no es legítima. Está desacreditada por el irrespeto a los derechos y a la propia ley".

"En esta foto se ve a Iliana en el Marathon des Sables, en medio del desierto del Sahara representando a Cuba como la campeona que es", añadió Barrero al describir la imagen con la que acompañó su publicación.

El caso de Hernández es el más grave entre una decena de activistas, artistas y otras personas de la sociedad civil independiente sobre los que las autoridades tiene "medidas cautelares" o en otros casos despliegan operativos para mantenerlos estrictamente vigilados e impedirles salir a la calle. 

Con "medidas cautelares" con restricción de movimientos se encuentran en La Habana Camila Ramírez Lobón, Katherine Bisquet, Yamilka Latifa, los artistas Tania Bruguera y Manuel de la Cruz y la propia Carolina Barrero.

El científico Oscar Casanella denunció que lleva siete días "en una ilegal e injusta prisión domiciliaria desde el 31 de mayo".

Casanella dijo a DIARIO DE CUBA que antes del 31 de mayo también ha tenido montados operativos de vigilancia que le han impedido salir de su vivienda.

"Además, desde el 15 de abril ETECSA nos cortó todos los servicios de telefonía móvil a mi esposa y a mí. Me puedo conectar cuando un amigo o vecino me visita y me comparte su conexión a internet para poder anclar mi teléfono y comunicarme", añadió.

Casanella afirmó que sobre él no hay ningún procedimiento penal.

"No me han puesto ninguna medida cautelar. Estoy regulado, o sea, me impiden viajar fuera de Cuba. Yo no soy el único que está sitiado desde el 31 de mayo, también mis amigos Abu Duyanah Tamayo y Osmani Pardo Guerra lo están", denunció.

Abogados consultados por DIARIO DE CUBA recuerdan que bajo el Artículo 2 de la actual Ley de Procedimiento Penal, "los funcionarios están obligados, dentro de sus respectivas atribuciones, a consignar en las actuaciones y en sus resoluciones de sanciones las circunstancias, tanto adversas como favorables al acusado, y a instruirlo de los derechos que le asisten".

En tal sentido, no basta con el enunciado oral, es necesario la demostración escrita de las circunstancias y razones que han determinado la estricta vigilancia policial. Además, es ilegal que a las personas bajo estas medidas se les impida acceder a abogados y a estructuras encargadas de la justicia.

En la mayoría de los casos de ciudadanos que hoy se encuentran limitados en sus movimientos por estar en prisión domiciliaria o bajo otras medidas cautelares, las autoridades han violado garantías recogidas por la Ley, como la de "no ser privada de libertad (la persona) sino por autoridad competente; disponer de asistencia letrada desde el inicio del proceso; ser tratada con respeto a su dignidad e integridad física, psíquica y moral, y a no ser víctima de violencia y coacción de clase alguna, y ser informada sobre la imputación en su contra, entre otros derechos".

Según el Artículo 256 de la Ley Procesal, la reclusión domiciliaria obliga al acusado a no salir de su domicilio sin la autorización del instructor, a no ser para asistir a su centro de trabajo o estudio, en el horario habitual, o para atender a su salud.

Al ser una medida que afecta derechos fundamentales como los de libertad y movimiento, debe ser acordada por resolución escrita y sus límites deben ser notificados al acusado sin dilación, según ordena el Artículo 84.

Más información

2 comentarios

Necesita crear una cuenta de usuario o iniciar sesión para comentar.

Mira que enclenque esta el policía ese,una imagen dice mas que mil palabras como dijera el panfilo JAMA

Profile picture for user Ana J. Faya

Siguen el acoso y las ilegalidades contra estas personas.