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Tribunales

La defensa del integrante de Clandestinos Panter Rodríguez Baró apela la condena de 15 años de cárcel

La sentencia sobrepasa ampliamente el marco sancionador para de los delitos imputados, dice el abogado.

La Habana
Una de las vallas propagandísticas manchadas de sangre por Clandestinos.
Una de las vallas propagandísticas manchadas de sangre por Clandestinos.

El abogado defensor de Panter Rodríguez Baró, uno de los miembros de Clandestinos, presentó este lunes ante la Sala Sexta del Tribunal Provincial de La Habana un recurso de apelación contra la condena de 15 años impuesta a su cliente, informó a DIARIO DE CUBA Esther Baró, la madre del preso.

Clandestinos fue un grupo que en enero de 2020 bañó de sangre bustos de José Martí y vallas de propaganda política principalmente en La Habana, y público en redes sociales carteles antigubernamentales y llamados al cambio.

A finales de enero, Panter Rodríguez, uno de los detenidos por esos actos, fue declarado culpable de los delitos de "difamación de las instituciones y organizaciones, de los héroes y mártires, con carácter continuado" y "de daños a bienes del patrimonio cultural".

En el recurso de apelación —al que DIARIO DE CUBA tuvo acceso— el abogado de defensor argumentó que "en ningún momento Rodríguez Baró tuvo la intención de difamar o denigrar a los héroes o mártires del país, ni tampoco dañar de forma intencional algún bien del patrimonio cultural".

"Ni siquiera los propios custodios de la revista Bohemia tenían conocimiento de que el busto de José Martí frente a esa institución estatal [uno de los manchados por Clandestinos] tuviera algún valor patrimonial, pues no existe ningún letrero que así lo indique", añadió el letrado.

Otro de los argumentos esgrimidos por la defensa fue la inasistencia al juicio oral de la subdirectora de la revista Bohemia, Bárbara Avendaño, la única testigo propuesta por la defensa para que se ventilara si era de su conocimiento o no el valor patrimonial del busto. En la vista nunca se pudieron conocer las causas de la inasistencia de esa testigo, procedimiento violatorio del debido proceso.

El jurista argumentó asimismo que la condena impuesta resulta excesiva, ya que sobrepasa el marco sancionador para ambos delitos, que solo es de uno y cinco años. Aunque por circunstancias excepcionales el marco sancionador puede aumentar, en ningún caso llegaría a 15 años.

La sanción impuesta incluso sobrepasa en tres años la petición fiscal inicial (ya excesiva), de 12 años.

Por último, el abogado consideró ilegal exigir al acusado pagar a la revista Bohemia los gastos de la reparación por los daños causados al busto, ya que la publicación no se vio obligada a hacer gastos con ese fin. La restauración fue asumida de manera voluntaria y gratuita por el hijo del escultor autor de la obra.

El 26 de enero, la prensa estatal informó de la condena impuesta a los tres miembros de Clandestinos. Además de Rodríguez Baró, fue condenado a nueve años de prisión Yoel Prieto Tamayo. Un tercer acusado, Jorge Ernesto Pérez García, fue sentenciado a un año por usar su teléfono celular para grabar y subir a las redes sociales las acciones del grupo.

Por ley, el Tribunal Provincial de La Habana tiene un término de cinco días para dar respuesta al recurso de apelación.

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2 comentarios

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Profile picture for user Ana J. Faya

Les deseo suerte al acusado y a su abogado, porque el sistema jurídico cubano, ni es "sistema" ni respeta las leyes.

Profile picture for user unclandestinomas

y no podian hacer como batista y liberarlos a los dos anos, despues de todo ellos no asaltaron un cuartel del ejercito ni mataron soldados