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Decreto 349

Kiko Faxas: Las normas complementarias del 349 están lejos 'de constituir una solución' a su rechazo

El compositor desmiente los argumentos esgrimidos por las autoridades culturales para su puesta en vigor.

Madrid

El compositor musical Kiko Faxas desmintió en una extensa reflexión publicada en sus redes sociales distintas cuestiones que han defendido las autoridades culturales de la Isla sobre el Decreto 349, amparadas por la prensa estatal.

Para el artista cubano, la polémica en torno a la normativa está lejos de solucionarse o suavizarse, como ha pretendido hacer ver el viceministro Fernando Rojas.

"Lo que los medios de prensa oficiales reflejan es todo lo contrario; más bien, del contenido de estos parece desprenderse el hecho de que los principales desacuerdos están bastante lejos de haber sido zanjados", señala.

"A fin de minimizar las opiniones sobre la incidencia negativa que una ley como esta podría suponer para la cultura cubana, se trata de justificar el Decreto 349 como una suerte de actualización de antiguas normas ya establecidas, al utilizar como argumento el hecho de que la primera sección del texto calca prácticamente buena parte del Decreto 226 de 1997", sostiene Faxas.

Fue lo que hizo la directora de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura, Alina Estévez, en una entrevista publicada en Granma el pasado jueves 29 de noviembre.

"Lo cierto, sin embargo, es que hay una diferencia fundamental entre ambos escritos: si bien en la primera ley lo que se intentaba era regular las instalaciones estatales, en el Decreto 349 se agregan además los espacios públicos no estatales", recuerda.

En opinión del compositor, los espacios de arte alternativos son mucho más diversos que lo que pretende hacer ver el ministro de Cultura, Alpidio Alonso.

"Por solo mencionar dos casos relacionados con las artes visuales, los ejemplos de Aglutinador y Cristo Salvador evidencian cómo las propuestas alternativas han potenciado un arte de altísima calidad, sin que medie el mercado u otros intereses", indica.

Para Faxas, "señalar un antecedente, a partir de un decreto anterior de hace 20 años, podría ser de enorme utilidad para aquellos que se dedican a investigar la historia de las leyes en este país, pero evidentemente no puede ser usado como argumento para acreditar la efectividad de una regulación que pretende tener vigencia en la actualidad".

Sobre las célebres normas complementarias que el Ministerio de Cultura asegura estar redactando, Faxas considera que "dista mucho de constituir una solución".

"(…) Lo que realmente posee carácter legal es el Decreto 349 y no las normas complementarias, lo cual no impide que estas puedan ser modificadas en cualquier momento, revirtiendo así las posibles enmiendas que la normatividad pretendiera añadir", advierte.

Aclara que "no es del todo cierto" que la preparación de la normatividad se haya sometido a debate público, como afirmara el viceministro Fernando Rojas.

"(…) Ninguno de los intelectuales y artistas que inicialmente firmamos la carta (Sin 349) hemos sido invitados a discutir tales normas", afirma.

"La falta de transparencia, además, no radica solo en lo elitista que parece haber sido este proceso de redacción de la normatividad, sino también en que —aunque el viceministro Rojas mencionó algunas de ellas el 7 de diciembre— aún no conocemos del todo su contenido ni sabemos tampoco cuándo entrarán en vigor —el ministro de cultura Alpidio Alonso declaró el pasado viernes que el decreto debería ser aplicado de forma progresiva, pero no especificó más", añade.

El artista desmonta la estrategia de los medios oficiales para elogiar el Decreto 349 basados en que la regulación "no limita o coarta la libertad de creación, que pretende defender a los artistas del intrusismo profesional, y que se trata de una medida dirigida principalmente contra la vulgaridad y la banalidad".

Sobre este último argumento, el compositor resalta: "lo que se oculta al respecto es que en ninguna parte de la letra del decreto esto se hace verdaderamente explícito —es decir, en los mismos términos en que se emplea para su defensa. E incluso más, ya que la redacción del documento resulta tan ambigua que al final es susceptible de poder ser aplicado potencialmente en contra, ya no solo de la vulgaridad, sino también de cualquiera; y principalmente en contra del arte independiente —esto salta fácilmente a la vista con una simple revisión del artículo 2.1".

Por último, el artista desmiente con evidencias a revista La Jiribilla, cuyo dossier dedicado al 349 describe como un "pésimo ejemplo de muy torpe ejercicio intelectual en un afán por intentar crear estados de opiniones absolutamente parcializados".

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