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Decreto 349

Amnistía Internacional: El Decreto Ley 349 'augura un mundo artístico distópico en Cuba'

Su redacción 'hace que se preste a ser aplicado de manera arbitraria para reprimir aún más las voces críticas y disidentes', advierte.

Madrid

El Decreto Ley 349 contra el que protestan artistas cubanos "augura un mundo artístico distópico en Cuba", advirtió Amnistía Internacional (AI) en una declaración publicada este viernes.

La organización de defensa de los derechos humanos se solidarizó con los artistas que realizan una campaña contra el decreto y que han sido reprimidos en varias ocasiones por las autoridades de la Isla.

Dijo temer que esas represalias "sean una ominosa señal de lo que está por venir".

"Nos solidarizamos con todas y todos los artistas independientes de Cuba que están impugnando la legitimidad del decreto y luchando por un espacio donde puedan trabajar libremente y sin miedo a sufrir represalias", dijo Erika Guevara Rosas, directora de AI para las Américas.

"Amnistía viene documentando desde la década de 1980 hostigamiento y detenciones arbitrarias de artistas independientes en Cuba debido simplemente a la expresión pacífica de sus opiniones por medio del arte", recordó.

"En vez de afianzar su control de los artistas y las artistas que parecen excederse en sus críticas más allá de lo consentido por el Estado, las autoridades cubanas deben hacer cambios progresivos para proteger los derechos humanos", fustigó.

El Decreto Ley 349, sobre las "contravenciones personales de las regulaciones sobre la prestación de servicios artísticos",entrará en vigor en diciembre de 2018 y es una de las primeras disposiciones legales firmadas por Miguel Díaz-Canel como presidente de los consejos de Estado y de Ministros. En la práctica, permite reprimir casi toda la actividad cultural independiente.

Incluye castigos como multas y decomisos contra quien autorice o permita servicios artísticos que no hayan sido "aprobados y contratados por la institución cultural" estatal correspondiente.

Asimismo, penaliza a quien "como artista individual o actuando en representación del colectivo a que pertenece, brinde servicios artísticos sin la autorización de la entidad que corresponda", y a quien "preste servicios artísticos sin estar autorizado para ejercer labores artísticas".

Igualmente, califica como violaciones establecer "espacios de comercialización de las artes plásticas sin tener la autorización que corresponde, ni estar inscrito en el Registro del Creador de las Artes Plásticas y Aplicadas".

"Solo se puede apelar contra tales decisiones ante el mismo Ministerio de Cultura. El decreto no prevé un recurso efectivo para impugnar una decisión de este tipo ante un organismo independiente, ni siquiera ante los tribunales", alertó AI.

La organización dijo que le preocupa "que el decreto contenga restricciones imprecisas y excesivamente amplias de la expresión artística".

"Por ejemplo, prohíbe los materiales audiovisuales que contengan entre otras cosas: 'uso de los símbolos patrios que contravengan la legislación vigente' (artículo 3.1.a), 'lenguaje sexista, vulgar y obsceno' (artículo 3.d) y 'cualquier otro [contenido] que infrinja las disposiciones legales que regulan el normal desarrollo de nuestra sociedad en materia cultural' (artículo 3.1.g). Además, tipifica como contravención la conducta que 'comercialice libros con contenidos lesivos a los valores éticos y culturales' (artículo 4.1.f)", detalló AI.

"Prohibir la expresión artística basándose en conceptos como 'obsceno', 'vulgar' o 'lesivos a los valores éticos y culturales' no cumple los criterios de finalidad legítima, necesidad y proporcionalidad que establece el derecho internacional de los derechos humanos", advirtió la organización.

"La falta de precisión en la redacción del decreto hace que se preste a ser aplicado de manera arbitraria para reprimir aún más las voces críticas y disidentes en un país que lleva decenios sometiendo a hostigamiento y detención arbitraria a artistas", lamentó.

"Tal aplicación contravendría no solo el derecho a la libertad de expresión de quienes desarrollan actividades artísticas en Cuba, sino también el derecho de toda persona a buscar y recibir información e ideas de toda índole", consideró.

AI señaló que el derecho y las normas internacionales "disponen que toda restricción del derecho a la libertad de expresión, incluso cuando se ejerce por medio del arte, debe estar prevista en la ley y formulada con precisión suficiente para evitar interpretaciones o aplicaciones excesivamente amplias o arbitrarias".

"Ha de poder demostrarse también que tales restricciones son necesarias y proporcionadas para el fin de proteger un determinado interés público, que, según el derecho internacional de los derechos humanos, solo puede ser la seguridad nacional, el orden público y la salud o la moral públicas o los derechos o la reputación de otras personas", agregó.

Asimismo, recodó que como signatario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), el Estado cubano "tiene la obligación de abstenerse de realizar actos que contravengan el objeto y el fin del tratado". Por tanto, debe proteger "el derecho a la libertad de opinión y de expresión".

"Las leyes que prohíben el insulto o las expresiones de falta de respeto a jefes de Estado o personalidades públicas, fuerzas armadas y otras instituciones públicas o banderas o símbolos son incompatibles con el derecho internacional de los derechos humanos", dijo AI.

Alertó que "la obligación general de contar con la autorización previa del Ministerio de Cultura para exhibir en público un trabajo artístico" recogida en el Decreto 349, "impone también controles sobre el ejercicio de la expresión artística que podrían constituir censura previa".

Por último, la organización dijo temer que la disposición tenga un "efecto inhibidor" sobre los artistas cubanos y "les impida realizar su trabajo legítimo por temor a sufrir represalias".

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