Back to top
Justicia

El Supremo de EEUU decidirá si un repostero puede negarse a hacer un cake para una boda gay

Dirimirá sobre dónde acaba la libertad religiosa y empieza la discriminación a los homosexuales.

Washington

El Tribunal Supremo de EEUU dirimirá dónde acaba la libertad religiosa y empieza la discriminación a los homosexuales al acoger el caso de un pastelero que se negó en 2012 a preparar y vender un cake para la boda de dos hombres.

Según recoge el diario El País, este martes la Corte escuchará los argumentos de los implicados: Charlie Graig y David Mullins —la pareja gay que venció en una demanda anterior ante la Justicia del estado de Colorado—, y del dueño de la pastelería, Jack Philips.

Philips se negó a aceptar el encargo de Graig y Mullins, argumentando que un enlace entre dos personas del mismo sexo violentaba sus creencias religiosas. Por este motivo lo demandaron ante la Comisión de Derechos Civiles por discriminación y ganaron. Un tribunal del mismo estado ratificó el fallo a favor de la pareja en 2015.

Sin embargo, el artesano pastelero siguió batallando hasta llevar el caso al Supremo. En junio, ya con el último juez conservador incorporado —Neil Gorsuch, nominado por Donald Trump—, el máximo tribunal aceptó la apelación y abrió el caso.

Philips se define como artista y, por tanto, no acude únicamente al derecho de libertad religiosa, sino también al de expresión, la primera enmienda de la Constitución, apunta el diario español.

El repostero argumenta que "está dispuesto a vender otro tipo de dulces a clientes homosexuales, pero no a crear uno que vaya a servir para celebrar un matrimonio entre dos personas del mismo sexo porque, a su juicio, equivale a apoyarlo". Pone como ejemplo que tampoco elabora tartas para Halloween o "con mensajes ateos y sostiene que ninguna ley ni autoridad puede forzarle a usar su arte para fines que le resultan inmorales".

Según El País, "la flaqueza del argumento estriba en que, en el caso de una tarta de Halloween, la objeción afecta al producto en sí y es aplicable a todo tipo de cliente, independientemente de su raza, religión, género o sexualidad. No existe, sin embargo, un pastel de boda gay como producto".

A quien rechaza el pastelero en este caso —señala la publicación— es al cliente que la quiere servir en su boda y lo hace únicamente porque es homosexual. Recuerda que "la negativa fue inmediata", por lo cual "los novios y el empresario nunca llegaron a discutir el diseño del dulce". Entonces, "el conflicto no comenzó porque estos reclamasen ornamento o mensaje relacionado con la homosexualidad".

En opinión del periódico español, "que dos años después de haberse consagrado el matrimonio gay, el Supremo haya aceptado estudiar la apelación del pastelero y, con ello, reabrir un debate, refleja la oleada de fuerza que el conservadurismo religioso está viviendo en EEUU".

El fallo del caso del pastelero llegará en 2018. Resultará crucial para esos comercios que ahora son susceptibles de multa cuando rechazan atender a los homosexuales que se casan y entran en su local.

El Tribunal Supremo ha transformado la historia y la sociedad de EEUU a lo largo de décadas con sentencias famosas, como la que consagró el derecho al aborto, la que legalizó el matrimonio gay en todo el país, la que vetó la segregación racial en espacios privados o la que blindó la libertad de quemar la bandera americana.

Sin comentarios

Necesita crear una cuenta de usuario o iniciar sesión para comentar.