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REPRESIÓN

CPJ: El Código Penal cubano ampara la restricción de la libertad de expresión

Un informe destaca cómo el régimen se escuda tras la legislación 'para reprimir el disenso y castigar a aquellos abiertamente críticos del Gobierno'.

La Habana

Cuba tiene las leyes más restrictivas de toda América en cuanto a libertad de expresión y de prensa, amparadas por una constitución que prohíbe la propiedad privada de medios de difusión y permite la libertad de expresión y del periodismo solo si "mantiene los objetivos de la sociedad socialista", señala un informe del Comité de Protección a los Periodistas (CPJ por sus siglas en inglés), publicado el miércoles.

En el documento, titulado Los críticos no son delincuentes. Estudio comparativo de leyes penales de difamación en las Américas, el CPJ considera que el Código Penal ofrece al régimen una variedad de disposiciones para reprimir el disenso y castigar a aquellos que sean abiertamente críticos del Gobierno.

En su sección de delitos contra el honor, la ley castiga con hasta un año de prisión o multa lo que el régimen pueda considerar difamación de sus instituciones, organizaciones políticas y "héroes o mártires de la República".

Asimismo, el Código Penal sanciona la calumnia, difamación, insulto, injuria "o cualquier otra forma de expresión despreciativa u ofensiva" contra funcionarios públicos, con hasta tres años de prisión. La sanción más alta se aplica cuando el supuesto delito afecta "al presidente u otros funcionarios de alto rango".

Esta disposición, dice el CPJ, "ha sido considerada entre las más inquietantes para la libertad de prensa, debido a su ambigüedad y aparentemente ilimitada aplicación".

Otras leyes pertinentes

Las leyes cubanas incluyen otras disposiciones penales de amplio alcance que han sido usadas para restringir el ejercicio de la libertad de expresión, denuncia el reporte del CPJ.

Señala que, por ejemplo, el régimen mantiene prohibiciones contra la difusión de lo que a su juicio sean "noticias falsas" con el fin de "perturbar la paz internacional" o para "poner en peligro el prestigio del Estado cubano o desacreditarlo". Este "delito" puede recibir de uno a cuatro años de prisión. El artículo 103 —dice— prevé sanciones de hasta 15 años de prisión por la participación en lo que el Gobierno considere "propaganda enemiga".

El CPJ también se refiere a la Ley de Dignidad Nacional de 1997, que establece penas de prisión de tres a diez años para "cualquier persona que, de manera directa o indirecta, colabore con medios de comunicación del enemigo", y que está dirigida a los medios de prensa independientes que envían su material al exterior.

Como de particular interés menciona el artículo 91 del Código Penal, que impone largas penas de prisión o la muerte para aquellos que, según el Gobierno, actúan contra "la independencia o la integridad territorial del Estado".

Asimismo, la Ley 88 para la Protección de la Independencia Nacional y la Economía de Cuba, que prevé hasta 20 años de cárcel para acciones que el régimen crea dirigidas a "apoyar, facilitar, o colaborar" con el embargo, a "quebrantar el orden interno, desestabilizar el país y liquidar al Estado socialista y la independencia de Cuba".

Esa normativa establece penas de prisión para quien "colabore por cualquier vía con emisoras de radio o televisión, periódicos, revistas u otros medios de difusión extranjeros".

El artículo 91 del Código Penal y la Ley 88, popularmente conocida como Ley Mordaza, fueron los principales instrumentos utilizados por el régimen para enviar a prisión a 75 disidentes en la primavera de 2003 con sentencias de hasta 28 años.

El CPJ señala que la legislación ofrece al Gobierno otras herramientas penales para restringir la libertad de expresión y la de asociación y reunión pacífica, tales como los cargos de rebelión, impresiones clandestinas, peligrosidad social predelictiva, asociaciones ilícitas, reuniones y manifestaciones, resistencia y espionaje.

Las estructuras legales e institucionales de Cuba están bajo el control estricto del ejecutivo. Las leyes que penalizan la difamación, el desacato y la "propaganda enemiga" han sido ampliamente usadas para restringir la libertad de expresión bajo la apariencia de proteger la seguridad del Estado, añade.

A lo largo de los años, cientos de personas han sido encarceladas en Cuba por expresar pacíficamente sus opiniones. El hostigamiento, la intimidación, la detención arbitraria y las acusaciones penales continúan siendo usadas para restringir la expresión y distribución de información u opiniones críticas al Gobierno. Están dirigidos a disidentes y críticos, en muchos casos periodistas independientes y activistas políticos y de derechos humanos, resalta el informe.

En Cuba, la mayoría de las acusaciones penales que amenazan la libertad de expresión han incluido cargos por desacato a la autoridad, por "propaganda enemiga", actuar contra "la independencia o la integridad territorial del estado", todos tipificados en los artículos penales que el CPJ reseña.

Arrestos, palizas, deportaciones

El CPJ constata por otra parte que la legislación no aborda expresamente las comunicaciones móviles o por internet. Sin embargo señala que el Gobierno podría también utilizar en este caso la Ley de Dignidad Nacional de 1997 para lo que quiera considerar colaboración con "los medios de comunicación del enemigo".

Los medios de comunicación digitales están comenzando a tener una función más importante en Cuba, llevando noticias de los eventos que suceden en la Isla al resto del mundo. "También hay una pequeña pero vibrante comunidad de blogueros en Cuba, aunque sus sitios están albergados en el exterior y en su mayoría no están disponibles para los cubanos locales", subraya el reporte.

Si bien los blogueros aún no han sido encarcelados por su trabajo, a menudo enfrentan hostigamiento e intimidación, señala.

Para concluir su capítulo sobre Cuba, el reporte lamenta que el régimen "ha estado poco dispuesto a apartarse de su larga represión a la libertad de expresión, incluso mientras sus líderes hablan de cambio político y económico. En consecuencia, no se ha sabido de esfuerzos por modificar o derogar la legislación penal de difamación de Cuba, ni ha habido debate alguno sobre la despenalización de la difamación". 

De hecho —argumenta—, a pesar de haber menos detenciones a largo plazo de periodistas en los últimos años, el CPJ encontró que "el Gobierno continúa persiguiendo agresivamente a los periodistas críticos usando métodos tales como detenciones arbitrarias, detenciones a corto plazo, deportaciones internas, arrestos domiciliarios, palizas, campañas de desprestigio y vigilancias".

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